IBERECU
Es una Entidad Colaboradora Urbanística (ECU) autorizada por la Comunidad y el Ayuntamiento de Madrid para la Gestión de Licencias Urbanísticas de Actividades, Declaraciones Responsables y Actos de Comprobación de Licencias de Primera Ocupación y Funcionamiento.
Disponemos de un equipo técnico multidisciplinar, con más de 10 años de experiencia en la Tramitación de Licencias Urbanísticas, acreditado por ENAC en base a la norma UNE-EN ISO 17.020
Nuestro compromiso es ofrecerle el mejor servicio en el menor plazo posible, comprometiéndonos con su proyecto desde el inicio.
DECLARACIÓN RESPONSABLE DE OBRAS Y/O ACTIVIDAD
En la Declaración Responsable el titular manifiesta, bajo su responsabilidad, que cumple con los requisitos establecidos en la normativa vigente para el ejercicio de una actividad y/o la realización de una obra, comprometiéndose además a mantener su cumplimiento durante el periodo de tiempo inherente a dicho reconocimiento o ejercicio, y que dispone de la documentación que lo acredita
Nuestro informe favorable confiere al titular de la Declaración Responsable la seguridad y confianza para la ejecución de las obras y el inicio de la actividad.
LICENCIA URBANÍSTICA
Autorización que solicita el titular al ayuntamiento para la actuación a realizar, ya sean obras o implantación de una actividad.
A diferencia de la Declaración Responsable, la Licencia Urbanística ha de ser emitida por el ayuntamiento antes del inicio de las obras o de la implantación de la actividad.
El Certificado de Conformidad de IBERECU substituye al informe favorable de los servicios técnicos municipales, con lo que se consigue agilizar el proceso de concesión de la misma.
LICENCIA DE PRIMERA OCUPACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
Consiste en la comprobación, mediante visita de inspección material in situ, de que la actuación recogida en la Licencia Urbanística se ha ejecutado conforme a la documentación que sirvió de base para su concesión y se ajusta a la normativa vigente.
El Certificado de Conformidad favorable de IBERECU substituye al informe de los servicios técnicos municipales, y es suficiente para que el Ayuntamiento emita la Licencia de Primera Ocupación y Funcionamiento.
Descargue aquí el Reglamento 7/2022, de 26 de abril, por el que se establece el régimen de las Entidades Colaboradoras Urbanísticas de Verificación, Inspección y Control
* Conforme a los art. 10.6 y 10.7 del RECU, para la extinta ECU VERIFICALITAS, el interesado podrá elegir si el Ayuntamiento continúa con la tramitación de su solicitud de Licencia o Declaración Responsable o si opta por encomendarla a otra entidad colaboradora de su elección, sin que en ningún caso esta circunstancia pueda suponer un incremento de los costes para el interesado.
Reclamaciones
Iberecu dispone de un procedimiento gratuito para el tratamiento de las reclamaciones que puedan presentar sus clientes cuando consideren que la actuación de la entidad haya vulnerado sus derechos o intereses legítimos en relación con sus actividades de inspección, verificación y control como Entidad Colaboradora Urbanística.
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