LICENCIAS URBANÍSTICAS

 

El titular solicita al ayuntamiento licencia para la actuación a realizar, en caso de que cumpla con la normativa, le concede la licencia para poder ejecutar la obra.

A diferencia de la declaración responsable, hasta que no se emita no se puede iniciar la obra.

Nuestro certificado de conformidad equivale al informe técnico municipal favorable.

Actividades sometidas a Licencia

En general, todas las actividades que por su propia naturaleza una especial incidencia sobre la seguridad o salud de las personas, o bien ejercen éstas una afección sobre el medio ambiente o el patrimonio cultural.

Asimismo todas aquellas actividades que requieran proyecto de edificación de acuerdo a la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación.

  • Realización de Obras que requieran proyecto LOE,  salvo las incluidas  en  la Ley 2/2012 de la Comunidad de Madrid.
  • Implantación o modificación de actividades con posible afección a la seguridad, la salud pública, o al medioambiente, independientemente de las obras a realizar
  • Actividades que impliquen obras sobre bienes de nivel 1 de protección y BIC.

Documentación.

  • Proyecto técnico
  • Declaración del técnico de la viabilidad urbanística y en su caso geométrica
  • Estudio de Seguridad y Salud o en su caso Estudio Básico
  • Estudio de Gestión de Residuos
  • Hoja de encargo de la Dirección Facultativa.
  • Documentación especifica según la actuación indicada en el Anexo II de la Ordenanza de Actividades Económicas.

Contacto

C/ Martínez Villergas 49, oficina 105

28027 - Madrid

Tel. 911 086 364

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